Podrán
participar en este Programa las personas naturales, empresas individuales
o asociativas con personalidad jurídica y grupos de productores
asociados sin personalidad jurídica que sean o no usuarios
de INDAP.
En el caso de personas naturales o empresas que necesiten asociarse
para exportar deben cumplir con la definición que establece
la Ley para el pequeño productor agrícola y campesino:
“Unidades productivas de menos de 12 hectáreas de riego
básico, gestionadas por productores por cuenta propia y sus
familias, no importando el tipo de tendencia y que cuenten con activos
no superiores a 3.500 UF". En el caso de empresas asociativas
la mayoría de los asociados deben cumplir con la tipificación
anterior.
Los participantes del Programa, deben ser emprendedores y estar
dispuestos, si es necesario, a agruparse de manera voluntaria con
otras empresas del sector o region, con el objeto de desarrollar
en conjunto un proyecto exportador competitivo, sostenible y rentable.
Los interesados deben tener capacidades reales y demostrables de
producción para la exportación de productos silvoagropecuarios
(a nivel primario o con algún grado de adecuación
o transformación), en aspectos tales como tecnología,
calidad, gestión empresarial, comercial y financiera y volumen
potencial de oferta exportable.
Toda persona natural o empresa que postule al programa será
diagnosticada por una insititución externa la que recomendará
su incorporación al mismo y los servicios de apoyo que necesita. |