9. ETAPAS
DEL PROGRAMA
9.1 DIFUSIÓN
ProChile difunde el Programa en las distintas regiones del país, con el objeto de incentivar e invitar a postular al Programa a las Empresas del segmento de la agricultura campesina que cumplan los requisitos establecidos en estas Bases.
9.2 CONVOCATORIA
ProChile llamará a postular al Programa a las pequeñas y medianas empresas y productores, individuales o asociativas, del segmento de la agricultura campesina de las quince regiones del país, sean personas jurídicas o naturales, que cumplan las condiciones y requisitos estipulados en estas Bases, a través de aviso y/o avisos en un diario de circulación nacional o en diarios de circulación regional.
Las Bases se publicarán en INTERNET en la página web www.prochile.cl, banner agricultura campesina a contar del día lunes 2 de marzo de 2009 y hasta el lunes 30 de noviembre de 2009.
9.3 POSTULACIÓN DE LAS EMPRESAS
Las Empresas postularán a los servicios del Programa ingresando a la página www.prochile.cl, y completando el Formulario de Postulación al Programa.
Los Formularios de Postulación al Programa pueden también obtenerse en las oficinas de las Direcciones Regionales de ProChile en las diferentes regiones del país.
Las Empresas podrán postular desde el 02 de marzo del 2009 y hasta el 30 de noviembre de 2009, conforme a la forma, condiciones y requisitos estipulados en estas Bases.
Los Formularios de Postulación al Programa deben entregarse en las oficinas de las Direcciones Regionales de ProChile.
En cada Dirección Regional de ProChile, el último día hábil de cada mes, se levantará un Acta en que se dejará constancia de las Empresas que postularon al Programa durante ese período.
:: Descargar Formulario de Postulación
9.4 SELECCIÓN,
NOTIFICACIÓN Y DETERMINACIÓN DE LOS SERVICIOS QUE
SE PRESTARÁN A LA EMPRESA POR EL PROGRAMA
Las Direcciones Regionales de ProChile, según corresponda a la región en cuyas Comunas o localidades se encuentre ubicada la sede productiva de la Empresa postulante, conforme al análisis y a la evaluación de las postulaciones y al cumplimiento de los requisitos pedidos, seleccionarán las Empresas calificadas según los requerimientos del Programa, para la aplicación de la Metodología de Diagnóstico singularizada en el numeral 6., y/o para la prestación de los servicios de Apoyo singularizados en el numeral 7., y/o la realización servicios complementarios nominados en el numeral 8.
Los resultados de la evaluación de las Empresas postulantes se notificarán por escrito a éstas.
En caso de ser aceptada la postulación, se solicitará en ese mismo acto Certificado de vigencia en original expedido durante el año de postulación, si se trata de personas jurídicas y en el caso de personas naturales copia de la cédula de identidad por ambos lados y copia de la iniciación de actividades.
Estos documentos se deberán entregar por las Empresas en el plazo que se fije en la notificación y en las Oficinas de la Dirección Regional de ProChile que corresponda.
Entregados y aprobados los antecedentes requeridos se notificará por escrito a las empresas la selección para la aplicación de la Metodología de Diagnóstico y/o la realización de servicios complementarios.
En el caso de los servicios de apoyo, se realizará una reunión con la empresa postulante, citándola con a lo menos quince días corridos de anticipación, por la Dirección Regional de ProChile que corresponda, para coordinar su implementación.
En esta reunión se acordará la secuencia en que se prestarán los servicios de apoyo en caso que se haya sugerido más de uno, las fechas de realización y se identificarán los Consultores individuales y/o entidades consultoras contratadas por ProChile que los prestarán, conviniéndose también los honorarios a pagar en su total y en las parcialidades a cofinanciar por cada una de las partes.
De la reunión se levantará un Acta que se suscribirá por el Director Regional y el Empresario o el representante legal de la Empresa, en la que se contendrán a lo menos los aspectos señalados en el párrafo precedente.
El Empresario o el representante legal de la Empresa, tendrá el plazo de siete (7) días hábiles, posteriores a la reunión antes indicada, para desistirse de los acuerdos adoptados o solicitar modificaciones a éstos. Transcurrido ese plazo se tendrán por ratificados los compromisos pactados en la reunión.
La Dirección Regional de ProChile oficializará la prestación de servicios en las condiciones acordadas mediante una notificación escrita en que se asigna la Empresa al Consultor Individual o Entidad Consultora correspondiente que prestará los servicios acordados.